REGLAMENTO DE COMPETENCIAS DE PESCA a Octubre de 2010 C.A.Py.L

REGLAMENTO DE COMPETENCIAS DE PESCA DISPOSICIONES GENERALES

Art.1 : En las competencias Nacionales de Pesca que se realicen bajo el auspicio de la Confederación Argentina de Pesca Deportiva y Lanzamiento – CAPYL – y sus afiliadas, se aplicarán las reglas establecidas en la presente Reglamentación.
Art.2 : Los equipos deberán estar constituidos como máximo, de la siguiente forma:
MAYORES: 10 pescadores y 1 capitán
SENIOR: 5 pescadores y 1 capitán
DAMAS: 5 pescadoras y 1 capitán
JUVENILES: 5 pescadores y 1 capitán
Art.3 : De los diez (10) pescadores que componen un equipo de mayores, participarán ocho (8) y serán atribuidos puntos a los cuatro (4) mejores clasificados en cada prueba. En caso de las competencias de Senior, Damas y Juveniles, participarán cuatro (4) del equipo de cinco (5) y se computarán los puntos de los dos (2) mejores clasificados de cada prueba.

Art.4 : El cierre de las inscripciones se hará el día anterior al de la prueba, a la hora que se estipule previamente, deben efectuarse por escrito en la LISTA DE BUENA FE , y deberá constar Nombre y Apellido y documento de cada equipista, Capitán y Delegado. Sin éstos requisitos no se inscribirán los equipos.

Art.5 : Los sorteos para las pruebas serán efectuados por el Fiscal General y asistidos por los capitanes, después de la reunión con los mismos, que se realizará el día anterior a las pruebas, para que sean aclaradas todas las dudas con respecto a las mismas, y en presencia de otras autoridades

Art.6 : En el caso de que un equipo por problemas financieros o de otra índole se presentara incompleto, el número mínimo de participantes será de cuatro (4) en mayores. Para Senior, Damas y Juveniles, el número mínimo será de dos (2) participantes.

Art.7 : Los participantes que no se presentaran una vez iniciada la prueba podrán incorporarse a la competencia con la debida autorización del Fiscal General, computándose como tiempo perdido el transcurrido desde la inciación de la prueba al momento de la incorporación.

Art.8 : La Federación organizadora fijará lugar, día, hora, tipo y tiempo de duración de las pruebas, teniendo en cuenta que las competencias Nacionales tendrán como mínimo tres (3) horas de duración, ecepto las de variada de mar embarcado que tendrán como mínimo dos (2) horas . Todo deberá ser aprobado por la CAPYL y comunicado a las afiliadas conjuntamente con el programa de las mismas, con un plazo máximo de sesenta (60) días y mínimo de treinta (30) días.

Art.9 : Una vez iniciada la competencia, corresponde al Fiscal General decretar la suspensión de la misma por causa debidamente justificada a su juicio, debiendo, en tal caso establecer en su informe las causas que provocaron la suspensión de la prueba y el estado en que se encontraba en el momento de la suspensión.

Art.10 : Serán motivos para suspensión de una prueba de cualquier categoría, naturaleza, modalidad o estilo los siguientes:
a) Mal tiempo
b) Condición de pesca impracticable, parcial o totalmente, a juicio del Fiscal General
c) Si transcurrido un tiempo equivalente al 50% del determinado para la realización de la prueba, no se haya capturado ninguna pieza, la prueba será declarada suspendida y nula.

Art.11 : En cualquier caso de suspensión de la prueba antes de transcurrir el 50% del tiempo integral de la misma, se anularán los resultados.

Art.12 : Para cada prueba deberá ser confeccionada una planilla oficial en la cual constará el nombre de las Federaciones participantes, pescadores, puntaje CAPYL y puntos individuales y por equipo. Entregándose copias de las mismas a las Federaciones intervinientes.

Art.13 : Solamente los competidores, capitanes, miembros del equipo de Fiscales, autoridades debidamente acreditadas y el Fiscal General, estarán autorizados a permanecer en las canchas o sectores de competición. Deberá observarse lo previsto en éste artículo, en lo que corresponda, para las pruebas embarcadas.

Art.14 : El ingreso a los lugares de disputa no les será permitido a otras personas que no sean las indicadas en el artículo anterior, salvo con autorización expresa del Fiscal General de la prueba, esto incluye a los encargados de prestar asistencia médica en eventuales accidentes y para la entrega de refrigerio a los integrantes de los equipos.

Art.15 : El inicio de la prueba y de las etapas de pesca serán anunciadas con una señal sonora o luminosa equivalente. Cinco minutos antes de la finalización de cada tiempo será dada una señal de alerta y, al finalizar los cinco minutos, la señal indicando el final del tiempo o de la prueba.

Art.16 : Los escenarios de las pruebas serán fijados por la Federación organizadora en oportunidad de confeccionar el programa de las pruebas y después no podrán cambiarse, sino por razones debidamente justificadas y con aviso expreso a todas las Federaciones y a la CAPYL.

Art.17 : La marcación de las canchas estará a cargo de la Federación organizadora y deberá efectuarse con suficiente anticipación a la hora de comienzo de la prueba. En todos los casos se tratará de que en cada extremo de la cancha y detrás de ésta en toda su extensión, quede un sector neutral suficientemente amplio como para evitar molestias a los competidores por parte de público o personas ajenas a la competencia. Una vez marcada la cancha y hasta el momento de iniciarse la prueba, la misma no podrá ser utilizada para prácticas o ensayos por parte de los participantes, ni aún utilizando solamente la plomada o el arte de pesca sin anzuelo.

Art.18 : Para las pruebas de costas, muelles, escolleras y playas, cada sector será dividido en tantos espacios como puedan ser necesarios para dar cabida a los competidores que en él deban actuar en cada etapa. Dichos espacios se numerarán de “1” en adelante, de izquierda a derecha con relación a la posición de pesca y la medida de los mismos será determinada por la entidad organizadora, según la modalidad de pesca que deba practicarse y las características del escenario a utilizarse.

Art.19 : En pruebas sobre una embarcación, con cambio obligatorio de lugares se considerarán como sectores los lados de estribor y babor. Los lugares se marcarán en la forma siguiente: a estribor se comenzará por la proa con el Nº 1 hasta la popa con el número cardinal que designe la mitad del total de participantes asignado en la embarcación. A babor se marcará igual cantidad de lugares pero comenzando la marcación desde la popa.

Art.20 : Para las pruebas de embarque en que se utilicen varias embarcaciones, la ubicación de los participantes en la embarcación será determinada en el momento de realizarse el sorteo de federaciones, asignándose a cada pescador su lugar dentro del bote y la misma será consignada en la tarjeta capitana.

Art.21 : Las competencias que se realicen a bordo de embarcaciones, éstas se detendrán para disputar la prueba en la zona que indiquen las autoridades de la Federación organizadora, según éstas consideren que existan mayores posibilidades de pesca.

Art.22 : Las Federaciones organizadoras con embarque estarán obligadas a velar por la seguridad e integridad física de las personas que, directa o indirectamente, participen en las mismas. Para ello deberán adoptar las providencias necesarias para que las embarcaciones a utilizar reúnan las siguientes condiciones mínimas de seguridad:
a) Ser adecuadas para la zona en la cual se realicen las pruebas
b) Hallarse en buenas condiciones de navegación
c) Estar debidamente autorizadas por la autoridad naval, marítima o fluvial que corresponda y cumplir con todos los requisitos reglamentarios por ellas dispuestos.

Art.23 : El uso del SALVAVIDAS reviste carácter de estricta obligatoriedad, no permitiéndose el embarque del participante que no cuente con el mismo. Será motivo de descalificación poseerlo y no utilizarlo durante todo el desarrollo de la prueba. Los Salvavidas no serán provistos por la Federación organizadora, debiendo cada participante proveerse el mismo.

Art.24 : Solamente serán permitidas las carnadas proporcionadas por la Federación organizadora. Está terminantemente prohibido usar otra carnada, aunque sea igual a la suministrada; mezclar cuerpos extraños de cualquier naturaleza, tales como: harinas, óleos, jugos de pescado, mariscos, etc. el participante que así la hiciere, comprobada la infracción, será descalificado por el Fiscal General de la prueba sumariamente.

Art.25 : En el período de prueba el competidor no podrá recibir ayuda de especie alguna, quedando por cuenta de la destreza de cada uno su desempeño. Está terminantemente prohibida la ayuda para el armado de equipos, preparación o corte de carnadas, encarnar los anzuelos o cualquier otro acto que configure ayuda al pescador en su acción deportiva. Las prohibiciones especificadas son aplicadas también al capitán, que solamente podrá dar instrucciones verbales a los componentes de su equipo.

Art.26 : No se configura ayuda para la pesca el suministro de gaseosas, cigarrillos, elementos curativos o implementos sueltos para ser preparados para armar el equipo de pesca, tales como: anzuelos empatillados, reeles, líneas, plomadas y cañas desmontadas.

Art.27 : Es obligatorio permanecer con la caña en la mano o en contacto con el cuerpo del participante durante el intento de pesca. Es permitido al pescador actuar de la forma que se sienta más cómodo, aún sentado.

Art.28 : Al ser retirado el pescado del anzuelo, el competidor está obligado a colocarlo inmediatamente en el recipiente o bolsa, si no la pieza en cuestión será retirada y no tendrá validez. En el caso de existir mesa de medición, el pescador está obligado a concurrir a ella de manera inmediata y sin la caña.

Art.29 : Solamente se permitirá recoger la línea con la mano en caso de ruptura de la caña o reel, debidamente comprobada por el Fiscal o Control de sector.

Art.30 : A los participantes está prohibido molestar a los demás participantes con maniobras intencionales con las cañas, líneas o cualquier otro objeto.

Art.31 : Al comienzo de la prueba y de cada etapa el Capitán colocará a sus equipistas en los sectores que desee, respetando el lugar que por sorteo corresponde a su equipo.

Art.32 : Los competidores ocuparán el lugar que les corresponda y desde allí efectuarán sus lances en forma perpendicular a la cancha, no existiendo extremos libres. Si la línea pasare al lugar vecino por defecto del lance o por causa de la corriente del agua, el participante deberá recogerla y realizar un nuevo lance. El competidor podrá pasar a los lugares vecinos únicamente en el acción de recoger alguna pieza capturada, previo aviso al Fiscal de Control.

Art.33 : El participante podrá, con autorización del Fiscal General o el Fiscal de Control, desplazarse o comunicarse con su compañero y entregarle implementos sueltos durante la prueba.

Art.34 : El Capitán o Delegado, serán los únicos autorizados para efectuar reclamos y deberá hacerlo por escrito hasta treinta (30) minutos de finalizada la prueba, pasando el tiempo estipulado y no habiendo recibido la nota, el Fiscal General no hará lugar a ninguna clase de reclamo.

Art.35 : La Federación organizadora del Campeonato Nacional de Pesca y Lanzamiento, al elaborar los Reglamentos particulares para cada prueba, tomará especial cuidado para que dichos reglamentos se ajusten a lo estipulado en el presente Reglamento. Toda disposición que se oponga deberá considerarse nula.

Art.36 : La categoría JUVENIL, tanto para pesca como para lanzamiento, será compuesta por equipistas que tengan la edad de catorce (12) años y hasta diecisiete (17) años de edad, al inicio de la competencia.

Art.37 : La dirección y contralor de las pruebas de pesca estará a cargo de las siguientes autoridades:

FISCAL GENERAL: Tendrá a su cargo la dirección general de la misma y sus funciones son las siguientes:

a) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de estas Reglas y de los Reglamentos

b) Resolverá en carácter INAPELABLE toda cuestión que se suscite, prevista o no en los reglamentos

c) Estar presente en el momento del cierre de inscripciones y sorteo

d) Hacer conocer las reglamentaciones y disposiciones en vigencia a los fiscales de las pruebas

e) Controlar los cómputos finales y firmar las planillas respectivas

f) Llamar la atención, apercibir, o descalificar a participantes en infracción

g) Decidir en situaciones especiales, sin que el hecho cree precedentes

h) Deberá elevar un informe de cada prueba a la Comisión Directiva de la CAPYL. FISCAL AYUDANTE: Controlará el uso de los elementos por parte de los competidores, para que los mismos se ajusten estrictamente a las estipulaciones del reglamento de la prueba. Tendrá al tanto al Fiscal General de los resultados de su labor, comunicándole de inmediato, las infracciones que le fueran dadas comprobar, a efecto de que éste adopte las medidas que corresponda. Será el encargado de indicar el comienzo y finalización de los tiempos y/o la prueba.

FISCALES DE PRUEBAS: Controlarán la actuación individual de los participantes, como planilleros, medidores y bichereadores. En caso de constatarse infracciones, deberán comunicarlas al Fiscal General de la prueba, el cual tomará las medidas necesarias.

El nombramiento de los Fiscales Ayudantes y de Pruebas serán designados por el Fiscal General. CAPITANES DE EMBARCACIONES: Serán sus obligaciones, hacer cumplir estrictamente

los reglamentos. No permitir que los pescadores se paren sobre los asientos. Llamar la atención del Fiscal General, mediante señales, para comunicar cualquier anormalidad. Contar las piezas de los participantes de la embarcación y llenar la tarjeta capitana con el número del pescador y la cantidad de piezas obtenidas, conjuntamente con la firma del participante y del Capitán. Entregar la tarjeta capitana en la mesa de control conjuntamente con las bolsas de la embarcación.

Art.38 : Las reformas y ampliaciones de las presentes Reglas, deberán ser solicitadas a la CAPYL. Esta deberá someter la propuesta a consideración de todas las afiliadas, las que deberán pronunciarse en un plazo de cuarenta y cinco (45) días a partir de su notificación, comprobando con aviso postal la efectivización de la entrega. La reforma será decidida en la primera reunión que el Consejo Directivo realice.

Art.39 : En los Campeonatos Nacionales, los competidores y/o equipos que resultaren ganadores se harán acreedores únicamente a los siguientes premios:

MAYORES:

  • Por Federación: 1º, 2º, 3º Diplomas
  • Por Equipo: 1º, 2º, 3º Medallones y Medallas (4)
  • Individual: 1º, 2º, 3º Medallones

SENIOR:

  • Por Federación: 1º, 2º, 3º Diplomas
  • Por Equipo: 1º, 2º, 3º Medallones y Medallas (2)
  • Individual: 1º, 2º, 3º Medallones

DAMAS:

  • Por Federación: 1º, 2º, 3º Diplomas
  • Por Equipo: 1º, 2º, 3º Medallones y Medallas (2)
  • Individual: 1º, 2º, 3º Medallones

JUVENILES:

  • Por Federación: 1º, 2º, 3º Diplomas
  • Por Equipo: 1º, 2º, 3º Medallones y Medallas (2)
  • Individual: 1º, 2º, 3º Medallones

La Confederación Argentina de Pesca Deportiva y Lanzamiento entregará los siguientes premios anuales:
MAYORES – DAMAS – JUVENILES

Por Federación: Campeón – Subcampeón Nacional y Tercero – Diploma
Individual: Campeón – Subcampeón Nacional y Tercero – Diploma

COPA CHALLENGER: será adjudicada definitivamente a la Federación que se consagre Campeona tres años consecutivos o cinco alternados

Además de los premios oficiales, podrá la Federación organizadora o cualquiera de las federaciones participantes, ofrecer premios extraordinarios por SU PROPIA CUENTA.

COMPLEMENTACIÓN DE PENALIDADES QUE SERÁN APLICADAS POR INFRACCIONES COMETIDAS A LAS REGLAS DE PESCA DE LA CAPYL:

1º) Apoyar la caña en el borde de la embarcación con intención de pesca sin estar en contacto con la mano del participante.

2º) Permanecer dentro del agua por cualquier motivo; ejecutar lanzamiento estando dentro del agua.
PENALIDADES: Las piezas capturadas serán anuladas.

3º) Utilizar o intentar utilizar equipos o complementos no aprobados por el Fiscal de la prueba. 4º) Recibir ayuda de terceros, de cualquier tipo, mientras dura la prueba, salvo en los casos previstos en los Reglamentos.
5º) Recoger la línea con la mano.

6º) Salir del área determinada para las pruebas de cualquier naturaleza o categoría, sin autorización; o no respetar el sentido de circulación establecido.

7º) Molestar a los demás participantes con maniobras de cañas, línea o cualquier otro objeto.

8º) No recoger la línea inmediatamente después de un lanzamiento mal hecho; o por motivo de fuerte corriente del agua cruzar la línea de su vecino de prueba.
PENALIDADES: Será advertido y, si reincide, será descalificado.

9º) Ingresar elementos al sector de pesca una vez iniciada la competencia sin autorización del Fiscal General.

PENALIDAD: se anularán los puntos o piezas obtenidas hasta el momento.

10º) Dirigirse con términos descorteses o impropios a las autoridades de la prueba o a los demás participantes.

11º) Desacatar, ofender moralmente, agredir o contribuir para desacatar o agredir al compañero, adversario o autoridades.

12º) No acatar las decisiones de las autoridades de la prueba, o repeler observaciones y advertencias.
PENALIDADES: Descalificación sumaria.

Las infracciones, cuando fueren reincidentes, podrán ser descalificantes de acuerdo con las interpretaciones del Fiscal General, salvo las ya previstas dentro de éstas Reglas. Solo el Fiscal General podrá descalificar a los infractores, debiendo las demás autoridades de la prueba, cuando observaren faltas, ponerlas a su conocimiento de inmediato, para que éste tome las providencias necesarias.

La descalificación de un participante o del equipo en la prueba, anula los puntos que ya hubiesen obtenido el competidor o el equipo.

REGLAMENTO VARIADA DE MAR Y ESPECIE EMBARCADA

Art. 1 : La duración de la prueba será como mínimo de dos (2) horas efectivas de pesca, integrándose los participantes en dos sectores, pescando cuarenta (40) minutos en cada uno, con un intervalo de quince (15) minutos para cambiar de sector. La finalización de cada tiempo de pesca se anunciará audiblemente.

Art. 2 : Material Autorizado:
a) Caña de cualquier material, de hasta un largo máximo de 2,50 mts.

b) Reel libre, de tenencia obligatoria.
c) Nylon o hilo libre.

d) Línea de hasta dos (2) anzuelos de cualquier tipo o tamaño de una sola punta.
e) Plomada, todas (excepto con agarraderas de alambre) de plomo.

f) Chicote libre
g) Carnada única: aprobada por la CAPYL entregada de la federación organizadora.

Art. 3 : Los competidores conservarán el lugar asignado y solamente podrán cambiar de sector en los períodos establecidos para tal fin.

Art. 4 : Por ninguna causa se podrá abandonar la caña estando la línea en intento de pesca.

Art. 5 : En el caso de ausentarse del lugar de pesca deberá levantar la línea del agua y colocar la caña en lugar donde no moleste a los demás participantes, solicitando al mismo tiempo la correspondiente autorización al Fiscal de la embarcación.

Art. 6 : Retiros: Se permitirá el retiro de un participante durante la competencia por un máximo de 30 minutos únicamente, por razones de salud o por condiciones climáticas, en todos los casos deberá mediar la autorización del Fiscal.

Art. 7 : Se permitirá el retiro de la competencia, sin límite de horario, al participante que por fuerza mayor tuviera que hacer abandono de ella; se considerará motivos de fuerza mayor las siguientes causales:

a) Llamado de urgencia de índole familiar o particular.

b) Lesiones causadas por otro participante o terceros.

c) Atención a un compañero de equipo.

Art. 8 : Queda Prohibido:

a) Lanzar afuera del sector asignado, lo que obligará a levantar y efectuar un nuevo lanzamiento.

b) Utilizar cualquier tipo de ceba.

c) Usar boyas o flotadores.

d) Efectuar lanzamientos a mano o sobre el hombro.

e) Tener anzuelos encarnados que no sean los de la línea en uso.

f) Usar servicios de bichereadores o ayudantes particulares.

g) Ceder piezas o el equipo en uso.

h) Usar anzuelos con más de una punta.

i) Dejar correr el plomo hasta invadir el sector siguiente.

j) Usar carnada artificial.

k) Cambiar de sector antes de la correspondiente señal.

l) Recibir ayuda de especie alguna, quedando librado a su exclusiva aptitud el desempeño de cada uno, salvo cuando la Federación organizadora designe ayuda con medio mundo o bichereador.

m) Toda ayuda en el armado de equipos, en la preparación de carnadas, encarnado de anzuelos y cualquier otra ayuda en su acción deportiva.

n) Todas las prohibiciones alcanzan al Delegado y Capitán, los que solo se limitarán a dar instrucciones verbales a sus equipistas.

Art. 9 : Es permitido:
a) Recibir ayuda de los bichereadores oficiales para levantar el pescado.

b) Recoger a mano por rotura de caña o desperfecto del reel.
c) Cambiar de equipo en forma parcial o total.

d) El suministro a los participantes de refrigerios, cigarrillos, elementos curativos, elementos sueltos para el armado del equipo de pesca.

e) Pescar al vuelo.
f) Tener de repuesto más de una caña armada con reel y línea, pero sin anzuelos.

g) Ceder equipo de repuesto a un compañero.

Art. 10 : Las piezas obtenidas fuera del sector asignado a cada participante no tendrán validez. Salvo aquellas que por motivos de evitar enredos con otros participantes, el participante deba desplazarse al sector vecino, con la autorización del Fiscal de Embarcación.

Art. 11 : Es obligatorio el lanzamiento por balanceo.

Art. 12 : Líneas perdidas: No tendrán validez las piezas que estando prendidas de una línea perdida, sea recogida por alguno de los participantes, salvo de pescar una pieza con el anzuelo del pescador en la boca que venga con una línea perdida, la cual será válida:

Art. 13 : Piezas compartidas:

a) Cuando la pieza cobrada venga enganchada de dos o más líneas se le adjudicará al pescador dueño del anzuelo que está prendido en la boca del pescado.

b) De estar prendida la pieza de la boca por más de un anzuelo de distintos participantes, la misma será computada y repartidos los puntos correspondientes. El Fiscal de la Embarcación deberá retener la misma y anotar los números de los participantes involucrados, a fin de presentarla al Control General al finalizar la prueba.

c) En caso de recoger estando enredada la línea con otro participante, antes de proceder a desenredar; deberán llamar al Fiscal de la embarcación para que verifique a quién pertenecen las piezas, cuando las mismas se desprendan y no se pudiera comprobar fehacientemente quien es el dueño de la o las piezas, serán computadas y repartidos los puntos correspondientes entre los pescadores protagonistas del enredo.

d) En caso de enredo con una línea perdida, de desprenderse la pieza, la misma no tendrá

validez

Art. 14 : Puntaje: Se adjudicará dos (2) puntos por pieza, más el peso total multiplicado por (2) Art. 15 : A cada participante se le entregará una tarjeta en la que constará su nombre y apellido, federación, número de pescador y orden de los sectores que ocupará durante el certamen, la cual deberá ser colocada en la bolsa correspondiente al finalizar la prueba.

Art. 16 : Empates: En caso de empate se determinará por la mayor cantidad de piezas, persistiendo el mismo por el mayor peso total, de subsistir el mismo, los participantes compartirán el mismo puesto clasificatorio.

Art. 17 : En caso de suspensión de la competencia, cualquiera fuera el motivo, habiéndose disputado el cincuenta (50%) por ciento del horario establecido, será válida a los efectos de puntaje y premios.

Art. 18 : Reclamos: Deberán hacerse por escrito, debiendo estar firmados por el Capitán o por una autoridad de la Federación, con los siguientes términos:

a) Los relativos al desarrollo del Campeonato, hasta 1/2 hora después de finalizado el mismo.

b) Los relativos a los cómputos, hasta treinta (30) minutos después de enunciados oficialmente. Art. 19 : Clasificación: Individual: resultará de los puntos obtenidos. Federación: se tomarán los cuatro (4) pescadores mejor clasificados en Categoría Mayores, los dos pescadores mejor clasificados en categoría Senior, aplicándose la tabla de CAPYL, sumándose los puntos obtenidos de la aplicación de ésta.

Art. 20 : El Fiscal General es la autoridad máxima de la competencia y tendrá el poder de tomar decisiones inapelables en toda cuestión que no esté expresamente legislada en el presente reglamento.

Art. 21 : CAPYL y la Federación organizadora no se responsabilizan por accidentes y/o pérdidas, etc. que pudiera ocurrirles a los participantes y/o terceros como motivo de participación en la competencia. Quedando a cargo de las Federaciones participantes como condición “sine qua non” la cobertura de seguridad de sus equipistas, como así también la asistencia a la competencia con el “SALVAVIDAS” correspondiente, caso contrario “NO” podrá participar del campeonato.

REGLAMENTO GENERAL PARA PRUEBAS DE PESCA VARIADA DE RIO “CAÑA UNA MANO”

Art. 1 : La prueba se regirá por el presente reglamento.

Art. 2 : Desarrollo de la prueba: Constará de cuatro (4) tiempos, con un intervalo de diez (10) minutos para cambio de sector. Al 50% de cada tiempo se efectuará una rotación dentro del sector con un intervalo de cinco (5) minutos para cambio de pesquero. Luego seguirá otro 50% de pesca parar completar el tiempo, siendo válidas las piezas extraídas en el silbato final.

Art. 3 : Marcado de cancha: Constará de cuatro (4) sectores y cada sector estará dividido en tantos lugares como participantes a ocupar los mismos. El lugar será dado por sorteo y deberá el equipista de cada federación estar separado de su compañero de equipo más próximo tantos lugares como federaciones presentes haya.

Art. 4 : Los competidores conservarán el lugar de pesca asignado y solamente podrán cambiar de sector en los períodos establecidos de neutralización.
Art. 5 : Por ninguna causa se podrá abandonar la caña estando la línea dentro del agua.

Art. 6 : En caso de tener que ausentarse del lugar de pesca, deberá levantar la línea del agua y colocarla en lugar donde no moleste a los demás participantes, solicitando al mismo tiempo la autorización del control del sector.

Art. 7 : Se permitirá el retiro de un participante durante el desarrollo de la competencia por un máximo de treinta (30) minutos, únicamente si las causales fueran razones de salud o por condiciones climáticas, en éstas circunstancias deberá pedir autorización al Fiscal General o Control del sector.

Art. 8 : El participante recogerá la línea toda vez que ésta invada el pesquero de cualquiera de los participantes vecinos. No serán computadas las piezas recogidas fuera del pesquero asignado a cada pescador.

Art. 9 : Abandonos: Se permitirá el retiro de la competencia sin límite de horario, al participante que por fuerza mayor tuviera que hacer abandono de ella. Se considerarán motivos de fuerza mayor, las siguientes causales: a) llamado urgente de índole familiar o particular; b) lesiones causadas por otro participante o terceros; c) atención a un compañero.

En estos casos le serán computados los puntos obtenidos.
Art. 10: Los participantes que no se presentaran una vez iniciada la prueba, podrán incorporarse a la competencia con la debida autorización del Fiscal General, computándose como tiempo perdido el transcurrido desde la iniciación de la prueba hasta el momento de la incorporación.

Art. 11: Material autorizado: a) caña de lance hasta 2,50 metros de largo total; b) reel libre, de tenencia obligatoria; c) nylon o hilo libre; d) línea de hasta un máximo de dos (2) anzuelos de cualquier tamaño y atados independientemente de la línea; e) plomada libre, la que deberá ser de plomo macizo; f) carnada única: aprobada por la CAPYL y provista por la Federación organizadora.

Art. 12: Está permitido: a) el lance sobre el hombro (tipo martillo) y balanceo; b) tener más de una caña armada de repuesto con o sin línea pero sin brazoladas colocadas; c) recoger a mano por rotura de caña o desperfecto del reel; d) cambiar de equipo en forma parcial o total; e) recibir ayuda de los bichereadores oficiales para levantar el pescado; f) ceder equipo a un compañero; g) el uso de anzuelos empatillados.

Art. 13: Está prohibido: a) efectuar el lance utilizando las dos manos; b) hacer el lanzamiento a mano; c) usar los servicios de bichereadores o ayudantes particulares; d) ceder piezas o el equipo en uso; e) usar anzuelos encarnados que no sean los de la línea en uso; f) usar cualquier tipo de ceba, boyas y flotadores; g) el uso o tenencia de carnadas que no sean las provistas por la Federación organizadora.

Art. 14: Es obligatorio permanecer con la caña en la mano cuando ésta se encuentre en intento de pesca, de lo contrario las piezas extraídas en ésa forma no serán computadas.

Art. 15: Los pescadores no podrán recibir ayuda para pescar. El armado de la caña deberá efectuarlo el equipista, lo mismo que la colocación de las bobinas y pasado del nylon o línea por los pasahilos, al igual que la colocación de los anzuelos y plomadas, como así también encarnar.

Art. 16: No se considerará ayuda para pescar el suministro a los participantes, de refrigerios, cigarrillos y elementos curativos o implementos sueltos para el armado del equipo de pesca, tales como: anzuelos empatillados, reeles, líneas, plomadas y cañas desmontadas.

Art. 17: Solo se permitirá el ingreso a la zona de pesca a los Capitanes debidamente acreditados, que solo podrán dar indicaciones verbales y proveer de carnada durante el tiempo de pesca.

Art. 18: Es obligatorio: a) toda pieza cobrada deberá anunciarse a viva voz; b) todas las piezas cobradas vivas tienen valor, incluidas las mutiladas; c) tendrán validez las piezas capturadas por la línea del pescador que la extraiga clavada de la boca, aunque esté en una línea cortada, previa verificación del Control del sector; d) cuando las piezas cobradas vinieran enganchadas de dos o más líneas, se le adjudicará al pescador dueño del anzuelo que esté prendido de la boca del pescado; e) de estar prendido de la boca por más de un anzuelo de distintos participantes, la misma será computada y repartidos los puntos que le correspondiera; f) en caso de recoger estando enredada la línea con otro participante o con una línea perdida, antes de desenredar deberá llamar al Control para que verifique a quién pertenece la o las piezas. Cuando las piezas se desprendan y no pudiese comprobarse fehacientemente quien es el dueño de la o las mismas, éstas serán computadas y repartidos los puntos que correspondiere entre los participantes protagonistas del enredo.

Art. 19: Cinco (5) minutos antes de finalizar cada tiempo de pesca se anunciará audiblemente. Al finalizar el sector las piezas que se extraigan tienen validez. Todo participante que al momento de finalizar el sector no recogiere la línea, de poseer piezas no tendrán validez.

Art. 20: Puntaje: Se adjudicarán dos (2) puntos a la pieza menor de quince (15) centímetros, adicionándose un (1) punto por cada cinco (5) centímetros siguientes. Ejemplo: menos de l5 cm. Dos (2) puntos; 15 ctms. Tres (3) puntos; 20 ctms. Cuatro (4) puntos y así hasta completar el puntaje de acuerdo al largo de la pieza.

Todas las medidas se tomarán desde la iniciación del hocico hasta el extremo más largo de la cola, realizando su medición puesta de costado sobre la tabla. Una vez medidas y computadas las mismas serán devueltas vivas al agua con suavidad y premura.

Art. 21: Empates: En caso de existir, se definirá: a) mayor cantidad de piezas; b) la pieza de mayor puntaje; c) de persistir se adjudicará la misma ubicación a todos los participantes en éstas condiciones, procediéndose al sorteo únicamente a los efectos del otorgamiento de premios si los mismos estuvieren en juego.

Art. 22: Cuando existan diferencias en el número de piezas anotadas y/o el puntaje de cada una de ellas, entre el comprobante del pescador si lo hubiere y la planilla del sector, siempre se estará a lo registrado en la planilla oficial.

Art. 23 : En caso de ser necesario suspender la prueba por causas de fuerza mayor, a juicio del Fiscal General, habiéndose disputado el 50% del horario establecido, la misma será válida a los efectos de premios y puntaje.

Art. 24: Solo se admitirán los reclamos efectuados por el Delegado o Capitán autorizados por cada Federación en la planilla de inscripción, y deberá hacerlo por escrito hasta treinta (30) minutos después de conocerse los cómputos finales.

Art. 25: El Fiscal General es la autoridad máxima de la prueba y decidirá a su leal saber y entender sobre la cuestión que no esté expresamente contemplado en el presente reglamento, su decisión, en todos los casos será INAPELABLE.

Art. 26: La Confederación Argentina de Pesca Deportiva y Lanzamiento y la Federación organizadora no se responsabilizan por accidentes y/o sus consecuencias; o pérdidas, extravíos, robos y hurtos.

REGLAMENTO GENERAL PARA PRUEBAS DE PEJERREY LACUSTRE EMBARCADO

Art. 1 : Las pruebas se regirán por el presente reglamento.

Art. 2 : Elementos permitidos: a) caña material y largo libre; b) reel libre de tenencia obligatoria; c) nylon o hilo libre; d) línea libre; e) anzuelos: cantidad máxima dos (2), medida mínima: 7,8 mm de abertura; f) carnada: será provista por la Federación organizadora, un mínimo de dos y un máximo de tres variedades.

Art. 3 : Desarrollo de la prueba: Cada prueba tendrá una duración de tres (3) horas efectivas de pesca, divididas en dos tiempos de 1 ½ (11/2) horas cada uno. Al finalizar el primer tiempo, se efectuará rotación de boyas, otorgándose para este movimiento un tiempo de quince (15) minutos.

Art. 4 : Marcado de la cancha: Se efectuará en la zona que determine la Federación organizadora, en dos (2) líneas paralelas y constituidas por igual número de boyas cada una; ubicándose la Nº 1 en el lugar más próximo a la zona de embarque siguiendo en orden correlativo hasta completar la mitad del total de boyas previstas; la segunda fila comenzará con el número más bajo a la altura de la Nº 1 para continuar en forma ascendente hasta el final.

Art. 5 : El boyado se dividirá en cuatro sectores; en cada uno de ellos habrá dos pescadores de cada Federación, distribuidos en la forma que lo determine una progresión periódica de acuerdo al orden del sorteo de federaciones.

Art. 6 :La ubicación de los participantes en la embarcación será determinada en el momento de realizarse el sorteo de federaciones, asignándose a cada uno de los pescadores su lugar dentro del bote (proa, medio o popa) y la misma será consignada en la tarjeta capitana. No habrá rotación dentro de las embarcaciones. El lugar asignado será cumplido estrictamente. En cada embarcación no podrá haber una cantidad mayor de tres participantes y menor de dos.

Art. 7 : A cada participante le será entregada una bolsa, tarjeta y precinto. Antes del desembarque procederá a realizar el recuento y colocará todas las piezas cobradas en la bolsa conjuntamente con la tarjeta individual.

Art. 8: Las bolsas serán entregadas personalmente por cada pescador en el lugar donde indique el Fiscal General. El Capitán de la embarcación entregará su propia bolsa junto con la tarjeta capitana, completada con las cantidades de piezas y firmada por los ocupantes del bote.

Art. 9 : Está permitido: a) el uso de muerto a popa, debiendo cada participante tomar los recaudos necesarios para poseer ésta amarra, debido a que la federación organizadora solo proveerá cabo y ancla; b) tener más de una caña armada de repuesto con línea y sin brazoladas colocadas; c) el uso de balde o recipiente similar para depositar las piezas durante el desarrollo de la prueba; d) recoger a mano por rotura de reel y/o caña.

Art. 10 : Está prohibido: a) el uso o tenencia de carnadas que no sean las provistas por la federación organizadora; b) tomar profundidad con anzuelos encarnados antes del inicio de la prueba; c) cebar antes o durante el concurso; d) despojarse del salvavidas cuando la embarcación se encuentre en movimiento.

Art. 11: Una vez dada la señal de finalización del tiempo o la prueba, el participante deberá recoger de inmediato, en éste caso la o las piezas obtenidas tendrán validez.

Art. 12: En cada embarcación se designará un Capitán, que tendrá la responsabilidad de cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento en todas sus partes, pudiendo requerir únicamente al Fiscal General cualquier tipo de aclaración sobre el particular. Asimismo, el Capitán informará al Fiscal General cualquier anormalidad observada durante el desarrollo de la prueba, inmediatamente después del desembarque.

Art. 13: Puntaje: Todos los pejerreyes extraídos tienen valor y cada uno de ellos valdrá un (1) punto, siendo considerado ganador y en puestos subsiguientes por número decreciente de piezas hasta agotar la totalidad de los participantes. No serán computadas las piezas que hayan sufrido mutilaciones de cualquier tipo.

Art. 14: Empates: Se define: a) por mayor peso total; b) de subsistir se aplicará igual puntaje y clasificación a los participantes involucrados. A efecto de los premios, se resolverá por sorteo. Art. 15: En caso de ser necesario suspender la prueba, por causa de fuerza mayor, a juicio del Fiscal General, habiéndose disputado el 50% del horario establecido, será válida a los efectos de premios y puntaje.

Art. 16: Solo se admitirán los reclamos efectuados por el Delegado o Capitán autorizados por cada federación en la planilla de inscripción, y deberá hacerlo por escrito hasta treinta (30) minutos después de conocerse los cómputos finales.

Art. 17: El Fiscal General es la autoridad máxima de la prueba y decidirá a su leal saber y entender, la cuestión que no se encuentre debidamente expresa en éste Reglamento y su decisión en todos los casos será INAPELABLE.

Art. 18: La Confederación Argentina de Pesca Deportiva y Lanzamiento y la federación organizadora no se responsabilizan por accidentes y/o sus consecuencias; o pérdidas, extravíos, robos y hurtos.

SALVAVIDAS: El uso de este elemento reviste carácter de estricta obligatoriedad, no permitiéndose el embarque de aquél participante que no cuente con el mismo. Será motivo de descalificación poseerlo y no utilizarlo cuando la embarcación se encuentre en movimiento o bien cuando el Fiscal General determine su utilización por cuestiones de seguridad ante adversidades meteorológicas. Los salvavidas no serán provistos por la federación organizadora, debiendo cada participante proveerse del mismo.

REGLAMENTO GENERAL PARA PRUEBAS DE PESCA VARIADA DE RIO “CAÑA DE DOS MANOS”

Art. 1 : La prueba se regirá por el presente reglamento.

Art. 2 : Desarrollo de la prueba: Constará de cuatro (4) tiempos , con un intervalo de diez (10) minutos para cambio de sector
Art. 3 : Marcado de cancha: Constará de cuatro (4) sectores, con un espacio neutral de cinco

(5) metros. En el espacio neutral el lanzamiento será libre, excepto el revoleo de 360 grados, el cual está totalmente prohibido; fuera de él el lanzamiento se efectuará obligatoriamente por sobre el hombro, tipo martillo o balanceo.

Art. 4 : En cada sector solo podrá haber dos equipistas de cada federación participante y solamente podrán cambiar de sector en los períodos establecidos de neutralización.
Art. 5 : Por ninguna causa se podrá abandonar la caña estando la línea dentro del agua.

Art. 6 : En caso de tener que ausentarse del lugar de pesca, deberá levantar la línea del agua y colocarla en lugar donde no moleste a los demás participantes, solicitando al mismo tiempo la autorización del control del sector.

Art. 7 : Se permitirá el retiro de un participante durante el desarrollo de la competencia por un máximo de treinta (30) minutos, únicamente si las causales fueran razones de salud o por condiciones climáticas, en éstas circunstancias deberá pedir autorización al Fiscal General o Control del sector.

Art. 8 : El participante recogerá la línea toda vez que ésta invada el pesquero de cualquiera de los participantes vecinos o la zona neutral, pudiendo pasar de sector para extraer una pieza, que después de enganchada se desplace al sector vecino o que enrede la línea de otro pescador de ése sector, previa autorización del Control. No serán computadas las piezas recogidas fuera del sector.

Art. 9 : Abandonos: Se permitirá el retiro de la competencia sin límite de horario, al participante que por fuerza mayor tuviera que hacer abandono de ella. Se considerarán motivos de fuerza mayor, las siguientes causales: a) llamado urgente de índole familiar o particular; b) lesiones causadas por otro participante o terceros; c) atención a un compañero.

En estos casos le serán computados los puntos obtenidos.

Art. 10: Los participantes que no se presentaran una vez iniciada la prueba, podrán incorporarse a la competencia con la debida autorización del Fiscal General, computándose como tiempo perdido el transcurrido desde la iniciación de la prueba hasta el momento de la incorporación.

Art. 11: Material autorizado: a) caña de largo libre; b) reel libre, de tenencia obligatoria; c) nylon o hilo libre; d) línea de hasta un máximo de dos (2) anzuelos de cualquier tamaño, e una sola punta y atados independientemente de la línea; e) plomada libre, la que deberá ser de plomo macizo; f) carnada única: aprobada por la CAPYL y provista por la Federación organizadora. g) la utilización de anzuelos empatillados.

Art. 12: Está permitido: a) tener más de una caña armada de repuesto con línea y sin brazoladas colocadas; c) recoger a mano por rotura de caña o desperfecto del reel; d) cambiar de equipo en forma parcial o total; e) recibir ayuda de los bichereadores oficiales para levantar el pescado. f) ceder equipo a un compañero.

Art. 13: Está prohibido: a) lanzar fuera del sector asignado; b) hacer el lanzamiento a mano; c) usar los servicios de bichereadores o ayudantes particulares; d) ceder piezas o el equipo en uso; e) usar anzuelos encarnados que no sean los de la línea en uso; f) usar cualquier tipo de ceba, boyas y flotadores; g) el uso o tenencia de carnadas que no sean las provistas por la Federación organizadora.

Art. 14: Es obligatorio permanecer con la caña en la mano cuando ésta se encuentre en intento de pesca, de lo contrario las piezas extraídas en ésa forma no serán computadas.

Art. 15: Los pescadores no podrán recibir ayuda para pescar. El armado de la caña deberá efectuarlo el equipista, lo mismo que la colocación de las bobinas y pasado del nylon o línea por los pasahilos, al igual que la colocación de los anzuelos y plomadas, como así también encarnar.

Art. 16: No se considerará ayuda para pescar el suministro a los participantes, de refrigerios, cigarrillos y elementos curativos o implementos sueltos para el armado del equipo de pesca, tales como: anzuelos empatillados, reeles, líneas, plomadas y cañas desmontadas.

Art. 17: Solo se permitirá el ingreso a la zona de pesca a los Capitanes debidamente acreditados, que solo podrán dar indicaciones verbales y proveer de carnada durante el tiempo de pesca.

Art. 18: Es obligatorio: a) toda pieza cobrada deberá anunciarse a viva voz; b) todas las piezas cobradas vivas tienen valor, incluidas las mutiladas; c) tendrán validez las piezas capturadas por la línea del pescador que la extraiga clavada de la boca, aunque esté en una línea cortada, previa verificación del Control del sector; d) cuando las piezas cobradas vinieran enganchadas de dos o más líneas, se le adjudicará al pescador dueño del anzuelo que esté prendido de la boca del pescado; e) de estar prendido de la boca por más de un anzuelo de distintos participantes, la misma será computada y repartidos los puntos que le correspondiera; f) en caso de recoger estando enredada la línea con otro participante o con una línea perdida, antes de desenredar deberá llamar al Control para que verifique a quién pertenece la o las piezas. Cuando las piezas se desprendan y no pudiese comprobarse fehacientemente quien es el dueño de la o las mismas, éstas serán computadas y repartidos los puntos que correspondiere entre los participantes protagonistas del enredo.

Art. 19: Cinco (5) minutos antes de finalizar cada tiempo de pesca se anunciará audiblemente. Al finalizar el sector las piezas que se extraigan tienen validez. Todo participante que al momento de finalizar el sector no recogiere la línea, de poseer piezas no tendrá validez.

Art. 20: Puntaje: Se adjudicarán dos (2) puntos a la pieza mayor de quince (15) centímetros, adicionándose un (1) punto por cada cinco (5) centímetros siguientes. Ejemplo: más de l5 cm. Dos (2) puntos; 20 ctms. Tres (3) puntos y así hasta completar el puntaje de acuerdo al largo de la pieza.

Todas las medidas se tomarán desde la iniciación del hocico hasta el extremo más largo de la cola, realizando su medición puesta de costado sobre la tabla. Una vez medidas y computadas las mismas serán devueltas vivas al agua con suavidad y premura.

Art. 21: Empates: En caso de existir, se definirá: a) mayor cantidad de piezas; b) la pieza de mayor puntaje; c) de persistir se adjudicará la misma ubicación a todos los participantes en éstas condiciones, procediéndose al sorteo únicamente a los efectos del otorgamiento de premios si los mismos estuvieren en juego.

Art. 22: Cuando existan diferencias en el número de piezas anotadas y/o el puntaje de cada una de ellas, entre el comprobante del pescador, si lo hubiere y la planilla del sector, siempre se estará a lo registrado en la planilla oficial.

Art. 23 : En caso de ser necesario suspender la prueba por causas de fuerza mayor, a juicio del Fiscal General, habiéndose disputado el 50% del horario establecido, la misma será válida a los efectos de premios y puntaje.

Art. 24: Solo se admitirán los reclamos efectuados por el Delegado o Capitán autorizados por cada Federación en la planilla de inscripción, y deberá hacerlo por escrito hasta treinta (30) minutos después de conocerse los cómputos finales.

Art. 25: El Fiscal General es la autoridad máxima de la prueba y decidirá a su leal saber y entender sobre la cuestión que no esté expresamente contemplado en el presente reglamento, su decisión, en todos los casos será INAPELABLE.

Art. 26: La Confederación Argentina de Pesca Deportiva y Lanzamiento y la Federación organizadora no se responsabilizan por accidentes y/o sus consecuencias; o pérdidas, extravíos, robos y hurtos.

REGLAMENTO DE PESCA VARIADA DE RÍO EMBARCADA POR ESPECIES

Art. 1: Esta prueba tendrá una duración de tres (3) horas, y se desarrollará en el sector demarcado por la federación organizadora.

Art. 2: Cada embarcación llevará tres equipistas de distintas federaciones. La pesca se efectuará desde embarcaciones fondeadas, no pudiendo amarrarse a boyas o a otra embarcación; no podrá acercarse a menos de 15 metros de la costa, ni a menos de 30 metros de babor a estribor, ni a menos de 100 metros de proa a popa de las demás lanchas participantes; pudiendo cambiar de lugar cada vez que la tripulación llegue a un acuerdo.

Art. 3: Se utilizará caña largo máximo de 2,50 metros. Reel de tenencia obligatoria. Nylon o hilo libre, Se podrá utilizar hasta dos anzuelos de una sola punta atados independientemente del líder o madre.

Art. 4: Unica carnada a utilizar lombriz colorada o la que estipule la Federación organizadora previa autorización de la CAPYL, la que será provista por la federación organizadora.

Art. 5: Las medidas mínimas de las piezas SIN TOLERANCIA ALGUNA, serán fijadas por la CAPYL a sugerencia de la federación organizadora. Las medidas de las piezas serán tomadas desde el hocico hasta el extremo más largo de la cola, realizando su medición puesta de costado sobre la tabla. TODO PESCADOR QUE PRESENTE A LA MESA DE CONTROL

PIEZAS DE TAMAÑO INFERIOR A LOS INDICADOS, SUFRIRA LA DESCALIFICACION TOTAL DE LA GANCHERA O BOLSA.
Art. 6: Cada pescador deberá entregar las piezas cobradas en el lugar que fije la fiscalía.

Art. 7: Puntaje: Se otorgarán cien (100) puntos por especie, diez (10) puntos por pieza, y un (1) punto por cada 500 gramos del peso total; la fracción de peso sobrante integrará el Puntaje total como decimales. En caso de realizarse el Certamen con devolución no se tendrá en cuenta el peso de las piezas extraídas.

Art. 8: La cantidad máxima de piezas a extraer por especie y por pescador será establecida por la CAPYL a sugerencia de la federación organizadora, contemplando la reglamentación vigente en cada provincia.

Art. 9: En caso de empate en total de puntos, se adjudicará el mismo puesto a quienes compartan el empate. Al solo efecto de los premios se procederá al sorteo.

Art. 10: Será descalificado el pescador que: a) ceda o reciba piezas; b) tenga anzuelos encarnados que no sean de la línea en uso; c) use cualquier tipo de ceba; d) transgreda en cualquier forma el presente reglamento; e) use robadores; f) cometa actos antideportivos o que estén reñidos con la moral y las buenas costumbres, que a juicio del Fiscal General lo haga pasible de esta situación; g) el que no tenga el salvavidas puesto durante toda la competencia.

Art. 11: Solo se admitirán los reclamos efectuados por el Delegado o Capitán autorizado por cada federación en la planilla de inscripción, y deberá hacerlo por escrito hasta treinta (30) minutos después de conocerse los cómputos finales.

Art. 12: El Fiscal General designado por la CAPYL, tendrá todas las facultades fijadas por el Consejo Directivo en las diversas disposiciones; pudiendo designar los colaboradores que considere necesario.

Art. 13: La CAPYL y la federación organizadora, deslindan toda responsabilidad por daños, accidentes y/o pérdidas que a causa de la competencia afecten a cosas, participantes y/o terceros.

REGLAMENTO GENERAL PARA PRUEBAS DE PESCA VARIADA DE RIO “CAÑA DE UNA MANO SECTOR LIBRE”

Art. 1 : La prueba se regirá por el presente reglamento.

Art. 2 : Desarrollo de la prueba: Constará de cuatro (4) tiempos, con un intervalo de diez (10) minutos para cambio de sector

Art. 3 : Marcado de cancha: Constará de cuatro (4) sectores, con un espacio neutral de cinco

(5) metros. En el espacio neutral el lanzamiento será libre; fuera de él, el lanzamiento se efectuará obligatoriamente por sobre el hombro, tipo martillo o balanceo.

Art. 4 : En cada sector solo podrá haber dos equipistas de cada federación participante y solamente podrán cambiar de sector en los períodos establecidos de neutralización. Los cuales deberán poseer el número de equipista de manera visible a la vez de tener identificado con ese número en balde en uso.

Art. 5 : Por ninguna causa se podrá abandonar la caña estando la línea dentro del agua.

Art. 6 : En caso de tener que ausentarse del lugar de pesca, deberá levantar la línea del agua y colocarla en lugar donde no moleste a los demás participantes, solicitando al mismo tiempo la autorización del control del sector.

Art. 7 : Se permitirá el retiro de un participante durante el desarrollo de la competencia por un máximo de treinta (30) minutos, únicamente si las causales fueran razones de salud o por condiciones climáticas, en éstas circunstancias deberá pedir autorización al Fiscal General o Control del sector.

Art. 8 : El participante recogerá la línea toda vez que ésta invada el pesquero de cualquiera de los participantes vecinos o la zona neutral, pudiendo pasar de sector para extraer una pieza, que después de enganchada se desplace al sector vecino o que enrede la línea de otro pescador de ése sector, previa autorización del Control. No serán computadas las piezas recogidas fuera del sector.

Art. 9 : Abandonos: Se permitirá el retiro de la competencia sin límite de horario, al participante que por fuerza mayor tuviera que hacer abandono de ella. Se considerarán motivos de fuerza mayor, las siguientes causales: a) llamado urgente de índole familiar o particular; b) lesiones causadas por otro participante o terceros; c) atención a un compañero.

En estos casos le serán computados los puntos obtenidos.

Art. 10: Los participantes que no se presentaran una vez iniciada la prueba, podrán incorporarse a la competencia con la debida autorización del Fiscal General, computándose como tiempo perdido el transcurrido desde la iniciación de la prueba hasta el momento de la incorporación.

Art. 11: Material autorizado: a) caña de hasta 2,50 metros de largo total; b) reel libre, de tenencia obligatoria; c) nylon o hilo libre; d) línea de hasta un máximo de dos (2) anzuelos de cualquier tamaño y una sola punta, atados independientemente de la línea; e) plomada libre, la que deberá ser de plomo macizo; f) carnada única: aprobada por la CAPYL y provista por la Federación organizadora.

Art. 12: Está permitido: a) el lance sobre el hombro (tipo martillo) y balanceo; b) tener más de una caña armada de repuesto con o sin línea pero sin brazoladas colocadas; c) recoger a mano por rotura de caña o desperfecto del reel; d) cambiar de equipo en forma parcial o total; e) recibir ayuda de los bichereadores oficiales para levantar el pescado; f) ceder equipo a un compañero; g) el uso de anzuelos empatillados.

Art. 13: Está prohibido: a) lanzar fuera del sector asignado b) hacer el lanzamiento a mano; c) usar los servicios de bichereadores o ayudantes particulares; d) ceder piezas o el equipo en uso;

e) usar anzuelos encarnados que no sean los de la línea en uso;

f) usar cualquier tipo de ceba, boyas y flotadores;

g) el uso o tenencia de carnadas que no sean las provistas por la Federación organizadora.

Art. 14: Es obligatorio permanecer con la caña en la mano cuando ésta se encuentre en intento de pesca, de lo contrario las piezas extraídas en ésa forma no serán computadas.

Art. 15: Los pescadores no podrán recibir ayuda para pescar. El armado de la caña deberá efectuarlo el equipista, lo mismo que la colocación de las bobinas y pasado del nylon o línea por los pasahilos, al igual que la colocación de los anzuelos y plomadas, como así también encarnar.

Art. 16: No se considerará ayuda para pescar el suministro a los participantes, de refrigerios, cigarrillos y elementos curativos o implementos sueltos para el armado del equipo de pesca, tales como: anzuelos empatillados, reeles, líneas, plomadas y cañas desmontadas.

Art. 17: Solo se permitirá el ingreso a la zona de pesca a los Capitanes debidamente acreditados, que solo podrán dar indicaciones verbales y proveer de carnada durante el tiempo de pesca.

Art. 18: Es obligatorio: a) toda pieza cobrada deberá anunciarse a viva voz; b) todas las piezas cobradas vivas tienen valor, incluidas las mutiladas; c) tendrán validez las piezas capturadas por la línea del pescador que la extraiga clavada de la boca, aunque esté en una línea cortada, previa verificación del Control del sector; d) cuando las piezas cobradas vinieran enganchadas de dos o más líneas, se le adjudicará al pescador dueño del anzuelo que esté prendido de la boca del pescado; e) de estar prendido de la boca por más de un anzuelo de distintos participantes, la misma será computada y repartidos los puntos que le correspondiera; f) en caso de recoger estando enredada la línea con otro participante o con una línea perdida, antes de desenredar deberá llamar al Control para que verifique a quién pertenece la o las piezas. Cuando las piezas se desprendan y no pudiese comprobarse fehacientemente quien es el dueño de la o las mismas, éstas serán computadas y repartidos los puntos que correspondiere entre los participantes protagonistas del enredo.

Art. 19: Cinco (5) minutos antes de finalizar cada tiempo de pesca se anunciará audiblemente. Al finalizar el sector las piezas que se extraigan tienen validez. Todo participante que al momento de finalizar el sector no recogiere la línea, de poseer piezas no tendrá validez.

Art. 20: Puntaje: Se adjudicarán dos (2) puntos a la pieza menor de quince (15) centímetros, adicionándose un (1) punto por cada cinco (5) centímetros siguientes. Ejemplo: menos de l5 cm. Dos (2) puntos; 15 ctms. Tres (3) puntos; 20 ctms. Cuatro (4) puntos y así hasta completar el puntaje de acuerdo al largo de la pieza.

Todas las medidas se tomarán desde la iniciación del hocico hasta el extremo más largo de la cola, realizando su medición puesta de costado sobre la tabla. Una vez medidas y computadas las mismas serán devueltas vivas al agua con suavidad y premura.

Art. 21: Empates: En caso de existir, se definirá: a) mayor cantidad de piezas; b) la pieza de mayor puntaje; c) de persistir se adjudicará la misma ubicación a todos los participantes en éstas condiciones, procediéndose al sorteo únicamente a los efectos del otorgamiento de premios si los mismos estuvieren en juego.

Art. 22: Cuando existan diferencias en el número de piezas anotadas y/o el puntaje de cada una de ellas, entre el comprobante del pescador si lo hubiere y la planilla del sector, siempre se estará a lo registrado en la planilla oficial.

Art. 23 : En caso de ser necesario suspender la prueba por causas de fuerza mayor, a juicio del Fiscal General, habiéndose disputado el 50% del horario establecido, la misma será válida a los efectos de premios y puntaje.

Art. 24: Solo se admitirán los reclamos efectuados por el Delegado o Capitán autorizados por cada Federación en la planilla de inscripción, y deberá hacerlo por escrito hasta treinta (30) minutos después de conocerse los cómputos finales.

Art. 25: El Fiscal General es la autoridad máxima de la prueba y decidirá a su leal saber y entender sobre la cuestión que no esté expresamente contemplado en el presente reglamento, su decisión, en todos los casos será INAPELABLE.

Art. 26: La Confederación Argentina de Pesca Deportiva y Lanzamiento y la Federación organizadora no se responsabilizan por accidentes y/o sus consecuencias; o pérdidas, extravíos, robos y hurtos.

REGLAMENTO GENERAL PARA PRUEBAS DE PESCA DE PEJERREY DESDE MURALLON

Art. 1: La prueba se regirá por el presente reglamento.

Art. 2: Desarrollo de la prueba: La misma constará de cuatro (4) tiempos, con un intervalo de diez (10) minutos para cambio de sector.

Art. 3: Marcado de la cancha: Constará de cuatro (4) sectores y cada sector estará dividido en tantos lugares como participantes a ocupar los mismos. El lugar será dado por sorteo y deberá el equipista de cada federación estar separado de su compañero más próximo, por tantos lugares como federaciones participantes haya.

Art. 4: A cada participante le será entregada una bolsa, precinto y tarjeta que contendrá el número de pescador y los números de los pesqueros asignados. Al finalizar el concurso, deberán colocar todas las piezas cobradas en la bolsa conjuntamente con la tarjeta y deberá ser cerrada con el precinto entregado a tal fin y luego la entregará personalmente en la mesa de control antes de retirarse de la zona de pesca.

Art. 5: Elementos permitidos: a) caña de material y largo libre, de uso obligatorio; b) reel libre de uso obligatorio; c) nylon o hilo libre; d) línea libre; e) anzuelos cantidad máxima dos (2), medida mínima 7,8 mm de una sola punta; f) carnada única: aprobada por la CAPYL y provista por la federación organizadora.

Art. 6: Está permitido: a) tener más de una caña de repuesto armada pero sin línea; b) el uso de balde o recipiente similar para depositar las piezas durante el desarrollo de la prueba; c) recoger a mano por rotura de reel o caña; d) el balanceo para efectuar el lanzamiento. E) ceder equipo a un compañero

Art. 7: Está prohibido: a) el uso o tenencia de carnadas que no sean las provistas por la federación organizadora; b) tomar profundidad con anzuelos encarnados antes de iniciar la prueba; c) arrojar al agua restos de carnadas u otros elementos que puedan actuar como ceba, antes o durante la prueba; d) ceder piezas; e) retirarse del lugar que le hubiere correspondido antes de finalizar cada tiempo.

Art. 8: Los pescadores no podrán recibir ayuda para pescar. El armado de la caña deberá efectuarlo el equipista, lo mismo que la colocación de bobinas y pasado de nylon por los pasahilos, al igual que la colocación de los anzuelos y las líneas, como así también encarnar.

Art. 9: No se considerará ayuda para pescar el suministro a los participantes de refrigerios, cigarrillos y elementos curativos o implementos sueltos para el armado del equipo de pesca, tales como: anzuelos empatillados, reeles, líneas y cañas desmontadas.

Art. 10: Solo se permitirá el ingreso a la zona de pesca, a los Capitanes debidamente acreditados, que solo podrán dar indicaciones verbales y proveer de carnada durante el tiempo de pesca.

Art. 11: Puntaje: Todos los pejerreyes extraídos valdrán un (1) punto, siendo considerado ganador y en puestos subsiguientes por orden decreciente de piezas hasta agotar los participantes.

Art. 12: Empates: Se define por mayor peso total y de subsistir, se aplicará igual puntaje y clasificación a los participantes involucrados. A efectos de los premios, se resolverá por sorteo. No serán computadas las piezas que hayan sufrido mutilaciones de cualquier tipo.

Art. 13: En caso de ser necesario suspender la prueba por causas de fuerza mayor, a juicio del Fiscal General, habiéndose disputado el 50% del horario establecido, será válida a los efectos de premios y puntaje.

Art. 14: Solo se permitirán reclamos efectuados por el Delegado o Capitán autorizado por cada federación en la planilla de inscripción, y deberá hacerlo por escrito hasta treinta (30) minutos después de conocerse los cómputos finales.

Art. 15: El Fiscal General es la autoridad máxima de la prueba y decidirá a su leal saber y entender la cuestión que no esté expresamente contemplado en el presente reglamento; su decisión, en todos los casos será INAPELABLE.

Art. 16: La Confederación Argentina de Pesca Deportiva y Lanzamiento y la Federación organizadora no se responsabilizan por accidentes y/o sus consecuencias; pérdidas, extravíos, robos y hurtos.

REGLAMENTO GENERAL PARA PRUEBAS DE LANZAMIENTO 100/120 GRS. – EQUIPO LIMITADO

Art. 1: La prueba se disputará en una serie de TRES TIROS, sumándose los metros de los TRES TIROS, de DOS TIROS o de UN TIRO. Para poder acumular metros, los participantes deberán registrar en cada tiro una marca mínima para la Categoría Mayores de 120 metros y para la categoría Senior de 100 metros, el tiro que se encuentre por debajo de ésta marca, no se computará. En las categorías Damas y Juveniles no existirá distancia mínima.

Art. 2: Será ganador de la prueba en categoría Mayores, la federación que por suma de metros de sus cuatro (4) mejores equipistas clasificados, obtenga el mayor puntaje por Tabla CAPYL. En las categorías Senior, Damas y Juveniles, clasificarán los dos (2) mejores equipistas.

Art. 3: Elementos permitidos: a) Caña: largo máximo 3,50 metros, material libre, provista de tres pasahilos y puntera como mínimo; diámetro interno de los pasadores: hasta 60 mm de diámetro interno y el puntero hasta 20 mm de diámetro interno. El regatón se incluye en el largo de la caña; b) Reel: libre c) Nylon: Solo se permitirá el empleo de nylon monofilamento de cualquier marca cuyo diámetro mínimo será de 0,28 mm. Se permitirá el uso de chicote cuyo diámetro mínimo será de 0,65 mm, el que podrá ser reemplazado a cada tiro si lo juzgase necesario el competidor, operación que se debe efectuar dentro del parque cerrado y con autorización del Fiscal respectivo, para su medición. Queda terminantemente prohibido el uso de esmerillones o broches en el extremo del chicote, quedando a criterio del tirador el atado del plomo; d) Plomadas: Serán de plomo, en modelo gota, de 120 gramos de peso para las categorías Mayores, Senior y Juveniles y de 100 gramos de peso para la categoría Damas y las mismas serán suministradas por la federación organizadora, y solamente ésas podrán ser empleadas. e) Una vez realizado el lanzamiento se comprobase que el nylon o hilo pierde su continuidad por un corte, el lanzamiento se considerará nulo, no así si el corte se encontrase en un enredo del propio nylon o hilo (galleta).

Art. 4: Si se comprobaran infracciones reglamentarias en la composición del equipo durante el desarrollo de la prueba, al tirador se le anulará el primer tiro y podrá acondicionar la parte afectada del equipo para realizar los dos tiros restantes. La preparación del equipo es de responsabilidad exclusiva del tirador y en consecuencia no podrá aducir descargo alguno en el momento de comprobarse la infracción.

Art. 5: Si la infracción fuera de carácter disciplinario, el tirador será eliminado de la prueba. Art. 6: El equipo a utilizarse deberá depositarse en el parque cerrado, inmediatamente después de efectuado el primer lance, y no podrá retirarse por ningún motivo, salvo autorización del Fiscal respectivo y bajo su vigilancia. La inobservancia de los aquí expuestos, es causal de descalificación total.

Art. 7: El equipo podrá ser cambiado parcial o totalmente en caso de rotura de reel y/o caña o de cualquier otro elemento que los compone respectivamente.

Art. 8: En vista que la línea no será sometida a prueba de resistencia, el competidor no podrá adelantarse para recoger la misma, debiendo hacerlo desde el área de tiro. El Fiscal de marcación y sus ayudantes deberán, en consecuencia, desprender la plomada para facilitar la tarea. En caso de no haber corredores de plomos, el Fiscal General determinará la forma de ir a buscarlo.

Art. 9: En caso de ser necesario suspender la prueba por causa de fuerza mayor, a juicio del Fiscal General, la prueba será válida a los efectos de premios y puntajes solo si la totalidad de los participantes hubiesen efectuado dos (2) lances.

Art. 10: Solo se admitirán los reclamos efectuados por el Delegado o Capitán autorizado por cada federación en la planilla de inscripción, y deberá hacerlo por escrito hasta treinta (30) minutos después de conocerse los cómputos finales.

Art. 11: El Fiscal General es la autoridad máxima de la prueba y decidirá a su leal saber y entender cobre la cuestión que no esté expresamente contemplada en el presente reglamento; su decisión en todos los casos es INAPELABLE.

Art. 12: La Confederación Argentina de Pesca Deportiva y Lanzamiento y la federación organizadora no se responsabilizan por accidentes y/o sus consecuencias; pérdidas, extravíos, robos y hurtos.

Art. 13: Para la homologación de un Record, se tomará el promedio general de la suma de los tres tiros realizados. Realizando un acta donde conste, Fecha, Lugar, Provincia, tipo de Campeonato (Provincial o Nacional), condiciones de viento e intensidad, Apellido y Nombre del Tirador con su número de documento, categoría, Federación o Club que representa, Apellido y Nombres del Fiscal General, número de documento, igual para el Fiscal de Parque cerrado, Fiscal de medición. Para ser homologado a nivel Sudamericano, en caso que correspondiere, el Fiscal General, como mínimo debe tener la categoría de Fiscal Internacional nominados por la COSAPYL (cumplen con éste requisito en Argentina, los Señores, Dante Díaz de Córdoba, Felipe Rosas y Rubén Ferro, de Buenos Aires).