Reglamento Particular para pruebas lacustre embarcado de río – Anexo 6

ANEXO 6

REGLAMENTO PARTICULAR DE PESCA
VARIADA DE RIO EMBARCADO (Por puntos)

Art. 1: Las pruebas pesca variada de río se regirán por el presente reglamento particular.

Art. 2: La prueba tendrá una duración de tres (3) horas, (pudiendo en reunión de delegados optar por cuatro (4) horas) y se desarrollará en el sector demarcado por FESNAPDyL.

Art. 3: Cada embarcación llevará tres equipistas de distintos clubes, los cuales se designaran mediante sorteo, uno de los cuales actuará como fiscal de embarcación y será el responsable de hacer cumplir el presente reglamento dentro de la competencia.

Art. 4: La pesca se efectuará desde embarcaciones fondeadas, no pudiendo amarrarse a boyas o a otra embarcación, deberán mantener una distancia en más 30 metros de babor a estribor, y en más de 50 metros de proa a popa de las demás lanchas participantes; pudiendo cambiar de lugar cada vez que la tripulación llegue a un acuerdo.

Art. 5: Material Autorizado:

a) Caña de cualquier material, de hasta un largo máximo de 2,50 mts.

b) Reel libre, de tenencia obligatoria.

c) Nylon o hilo libre.

d) Línea de hasta dos (2) anzuelos de cualquier tipo o tamaño de una sola punta.

e) Plomada, todas (excepto con agarraderas de alambre) de plomo macizo.

f) Chicote libre

g) Carnada única: aprobada por FESANPPDyL.

Art. 6: Por ninguna causa se podrá abandonar la caña estando la línea en intento de pesca.

Art. 7: Queda Prohibido:

a) Utilizar cualquier tipo de ceba.

b) Usar boyas o flotadores.

c) Efectuar lanzamientos a mano.

d) Tener anzuelos encarnados que no sean los de la línea en uso.

e) Ceder piezas o el equipo en uso.

f) Usar anzuelos con más de una punta.

g) Usar carnada artificial.

h) Utilizar el dispositivo “boga Grip” o bichero que puedan dañar las piezas.

i) Recibir ayuda de cualquier tipo, quedando librado a su exclusiva aptitud el desempeño de cada uno.

j) El uso de carnadas que no sea el autorizado por FESANPDyL.

k) EL uso de anzuelos robadores.

l) Despojarse del salvavidas durante la competencia.

m) Cometa actos antideportivos o que estén reñidos con la moral y las buenas costumbres, que a juicio del Fiscal General lo haga pasible de esta situación.

Art. 8: Será descalificado el pescador que incurra en alguna de las faltas descriptas en el artículo N° 8.

Art. 9: Es permitido:

a) Recibir ayuda de los compañeros de bote, para levantar las piezas con el bonete o copo.

b) Recoger a mano por rotura de caña o desperfecto del reel.

c) Cambiar de equipo en forma parcial o total.

d) Pescar al vuelo.

e) Tener de repuesto más de una caña armada con reel y línea, pero sin anzuelos.

f) Ceder equipo de repuesto a un compañero de bote que no esté en uso y desarmado.

Art. 10: Líneas perdidas: No tendrán validez las piezas que estando prendidas de una línea perdida, sea recogida por alguno de los participantes, salvo de pescar una pieza con el anzuelo del pescador en la boca que venga con una línea perdida, la cual será válida:

Art. 11: Piezas compartidas:

a) Cuando la pieza cobrada venga enganchada de dos o más líneas se le adjudicará al pescador dueño del anzuelo que está prendido en la boca del pescado.

b) De estar prendida la pieza de la boca por más de un anzuelo de distintos participantes, la misma será computada y repartidos los puntos correspondientes.

c) En caso de recoger estando enredada la línea con otro participante, antes de proceder a desenredar; deberán llamar al Fiscal de la embarcación para que verifique a quién pertenecen las piezas, cuando las mismas se desprendan y no se pudiera comprobar fehacientemente quien es el dueño de la o las piezas, serán computadas y repartidos los puntos correspondientes entre los pescadores protagonistas del enredo.

d) En caso de enredo con una línea perdida, de desprenderse la pieza, la misma no tendrá validez

Art. 12: Se entregará una planilla por cada embarcación con el nombre de los tres pescadores de la misma, en la cual se anotarán, bajo el control del fiscal del bote, los puntos de las piezas obtenidas inmediatamente después de desanzuelada cada una, una vez computada la pieza y antes de efectuar el próximo lance deberá ser devuelta al agua. También se entregará una medida por cada embarcación.

Art. 13: Puntaje: Se adjudicarán dos (2) puntos a la pieza mayor de quince (15) centímetros, adicionándose un (1) punto por cada cinco (5) centímetros siguientes. Ejemplo: más de 15 cm. Dos
(2) puntos; 20 cm. Tres (3) puntos y así hasta completar el puntaje de acuerdo al largo de la pieza.
Todas las medidas se tomarán desde la iniciación del hocico hasta el extremo más largo de la cola, realizando su medición puesta de costado sobre la tabla. Una vez medidas y computadas las mismas serán devueltas vivas al agua con suavidad y premura.

Art. 14: Empates: En caso de empate se determinará por:

a) la mayor cantidad de piezas.

b) Por la pieza de mayor tamaño.

c) De subsistir el mismo, los participantes compartirán el mismo puesto clasificatorio. Al solo efecto delos premios se realizara un sorteo.

Art. 15: En caso de suspensión de la competencia, cualquiera fuera el motivo, habiéndose disputado el cincuenta (50%) por ciento del horario establecido, será válida a los efectos de puntaje y premios.

Art. 16: Reclamos: Deberán hacerse por escrito, debiendo estar firmados por el Capitán o por una autoridad de la Federación, con los siguientes términos:

a) Los relativos al desarrollo del Campeonato, hasta 1/2 hora después de finalizado el mismo.

b) Los relativos a los cómputos, hasta treinta (30) minutos después de enunciados oficialmente.

Art. 17: Clasificación: Según Art N° 4 del Reglamento General.

Art. 18: El Fiscal General designado por el Consejo Directivo, es la autoridad máxima de la competencia y tendrá el poder de tomar decisiones inapelables en toda cuestión que no esté expresamente legislada en el presente reglamento.

Art. 19: La Federación Santafesina de Pesca Deportiva y Lanzamiento no se responsabilizan por accidentes y/o pérdidas, etc. que pudiera ocurrirles a los participantes y/o terceros como motivo de participación en la competencia. Quedando a cargo de los participantes como condición “sine qua non” la cobertura de seguridad, como así también la asistencia a la competencia con el

“SALVAVIDAS” correspondiente, caso contrario “NO” podrá participar del campeonato.